Fotografía: La SCJN determinó que los tribunales militares no pueden juzgar "en automático" a elementos acusados de delitos como el robo de medicinas o armas.
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En una decisión clave para la justicia en México, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció este martes un límite claro al fuero militar. A partir de ahora, los integrantes del Ejército o la Marina acusados de delitos relacionados con el servicio público (como corrupción o negligencia) no serán juzgados automáticamente por tribunales militares, sino que podrían enfrentar a la justicia civil ordinaria.

La controversia surgió al analizar casos donde soldados cometieron delitos que, aunque ocurrieron en funciones, parecían más actos de corrupción común que faltas a la disciplina castrense.

¿Qué decidió la Corte?

Con una votación de seis a favor y dos en contra, los ministros aprobaron el proyecto del ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz. La nueva regla establece que se debe analizar caso por caso.

Para que un juez militar pueda llevar el caso, se deben cumplir forzosamente dos condiciones:

  • Que el delito rompa la cadena de mando o jerarquía (la organización interna).
  • Que el acto ponga en riesgo la seguridad nacional o la protección del Estado.
  • Si no se cumple esta «conexión estricta», el soldado deberá ser juzgado por un tribunal civil, como cualquier otro funcionario público.

    Adiós al «pase automático»

    Anteriormente, existía confusión sobre quién debía juzgar estos delitos. Por ejemplo, la Corte analizó casos reales que provocaron esta decisión:

  • Un comandante que permitió el robo de armas bajo su resguardo y las sustituyó con réplicas de juguete.
  • Un sargento que robaba medicinas de un hospital militar falsificando recetas.
  • Una sargenta que sustrajo insumos médicos durante la pandemia de COVID-19.
  • En situaciones como estas, la Corte aclaró que el simple hecho de ser militar o que el delito esté en el Código Penal no basta para activar el fuero militar. Si el delito fue un robo administrativo que no puso en peligro una operación de guerra o la seguridad del país, debe ser competencia de un juez civil.

    Voces en contra

    Aunque la mayoría apoyó la medida para garantizar igualdad ante la ley, los ministros Giovanni Figueroa Mejía e Irving Espinosa Betanzos votaron en contra. Argumentaron que la metodología debería ser distinta: primero definir el fuero y luego analizar el delito, y no al revés.

    Sin embargo, el criterio ya es obligatorio (jurisprudencia) para todos los jueces del país. Esto significa un paso importante para la transparencia, asegurando que el uniforme no sirva como un escudo automático frente a la justicia ordinaria en casos de corrupción administrativa.


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