En una decisión que busca priorizar el interés superior de la niñez frente a la reincidencia delictiva, el Pleno del Congreso de Guanajuato aprobó este jueves la creación del Registro Público de Personas Agresoras Sexuales. La reforma, impulsada por la gobernadora Libia Dennise García Muñoz Ledo, superó un intenso debate legislativo sobre los límites de la reinserción social y los derechos humanos de los sentenciados.
Con 31 votos a favor y 3 en contra, los legisladores adicionaron un capítulo al Código Penal Estatal y modificaron la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado (FGE), institución que será la encargada de administrar y operar este padrón a través de su portal web.
¿Cómo funcionará el registro?
La inscripción será obligatoria por mandato de un juez una vez que exista una sentencia firme por delitos como feminicidio, trata de personas, violación, estupro, abuso, acoso y hostigamiento sexual, afectación a la intimidad, y explotación o corrupción de menores de 18 años.
La permanencia en esta lista pública abarcará todo el tiempo que dure la pena de prisión —incluso si esta es sustituida o suspendida— y se extenderá por un periodo adicional de diez años tras la liberación del sentenciado. Además, la ley aclara expresamente que el pago por la reparación del daño moral no eximirá al agresor de figurar en la plataforma, la cual será de consulta obligatoria en instituciones educativas y sociales previo a cualquier contratación.
El debate: ¿prevención o pena inconstitucional?
El dictamen fracturó las opiniones en el recinto. La bancada del PAN y representantes del Partido Verde (PVEM) defendieron fervientemente la medida. Los diputados panistas Susana Bermúdez y Rolando Alcántar argumentaron que el padrón es una herramienta de prevención necesaria y que los derechos a la privacidad del victimario no pueden estar por encima de la seguridad de las infancias.
«Privarnos de esta herramienta significa obligar a las familias a vivir con los ojos vendados sobre quién se acerca y convive con sus hijas e hijos», enfatizó el legislador ecologista Sergio Contreras.
Por su parte, la oposición encendió las alertas sobre la viabilidad jurídica del proyecto. La diputada priista Ruth Noemí Tiscareño votó en contra, argumentando que un registro de publicidad generalizada opera como una pena adicional estigmatizante que contraviene el artículo 22 constitucional y atenta contra la reinserción social. Tiscareño advirtió que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ya invalidó un modelo casi idéntico en la Ciudad de México y exhortó a las comisiones de Derechos Humanos a promover una acción de inconstitucionalidad.
En sintonía, el diputado de Morena, Carlos Abraham Ramos Sotomayor, presentó una reserva para eliminar el carácter público del registro y restringir su consulta exclusivamente a las autoridades investigadoras. Sin embargo, su propuesta fue rechazada por la mayoría legislativa.
Reformas adicionales
En la misma sesión, el Congreso local aprobó un paquete de reformas complementarias a la Ley para la Búsqueda de Personas Desaparecidas y en materia de atención a víctimas, las cuales garantizan la activación inmediata de alertas, el uso de tecnología para agilizar localizaciones y un acompañamiento integral, legal y educativo, para las familias afectadas.

