Fotografía: Organizaciones como IMCO, México Evalúa y Mexicanos Primero aseguran haber tramitado sus renovaciones en tiempo y forma.
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El Servicio de Administración Tributaria (SAT), encabezado por Antonio Martínez Dagnino, revocó la autorización a 336 organizaciones de la sociedad civil (ONG) y fundaciones para emitir recibos deducibles de impuestos por concepto de donativos. Adicionalmente, 13 instituciones fueron dadas de baja de manera definitiva del registro correspondiente para el ejercicio fiscal 2026.

La información, detallada en un documento oficial difundido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), especifica que la inhabilitación a la mayoría de estas organizaciones civiles responde a que «no reúnen los requisitos relativos a la autorización para recibir donativos deducibles conforme a las disposiciones legales vigentes».

Entre las irregularidades administrativas y fiscales identificadas por el fisco se encuentran el incumplimiento de las disposiciones de la Miscelánea Fiscal, la falta de presentación de la declaración anual de ingresos y egresos del ejercicio fiscal 2024, multas económicas no liquidadas y la cancelación del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) en algunos casos.

El vacío normativo en materia científica

Una de las razones centrales para la revocación en varias ONG fue la carencia de una acreditación vigente en materia de investigación científica y tecnológica. Esta situación se deriva de la Ley General en materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación, publicada en mayo de 2023, la cual limitó la validez de las constancias que emitía el antiguo Conacyt.

Aunado a esto, el reglamento interior de la nueva Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación (Secihti), publicado en noviembre de 2024, presenta un vacío normativo al no prever un mecanismo expreso para que las organizaciones civiles acrediten sus actividades de investigación, dejándolas en la imposibilidad técnica de cumplir con este requisito ante el SAT.

Afectaciones a instituciones de alcance nacional

En el listado de donatarias que perdieron su autorización se encuentran instituciones enfocadas en la asistencia social, la salud, la cultura y el análisis de políticas públicas. Destacan nombres como el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO), México Evalúa, Mexicanos Primero, la Fundación Chespirito I.A.P., Cáritas de la Diócesis de Ecatepec I.A.P., Bomberos Voluntarios de Manzanillo, y diversas asociaciones de ayuda a grupos vulnerables a lo largo del país.

Estas organizaciones se han caracterizado por su trabajo en el ámbito público. Mexicanos Primero ha elaborado desde 2009 estudios referentes al derecho educativo, como “(Mal) Gasto: Estado de la Educación en México”; México Evalúa monitorea el Sistema de Justicia Penal a través de su informe “Hallazgos”; mientras que el IMCO se centra en investigaciones de economía, mercado laboral, energía y género.

La respuesta de las ONG

Tras la publicación de la medida, diversas organizaciones emitieron comunicados institucionales aclarando su situación. El IMCO, México Evalúa y Mexicanos Primero coincidieron en señalar que presentaron sus solicitudes de renovación y acreditaciones correspondientes ante el SAT y la SECIHTI en tiempo y forma, entre noviembre y diciembre de 2025.

Las instituciones rechazaron categóricamente ser un sector que incumpla con sus obligaciones fiscales (como el pago de impuestos o la Ley Antilavado) y aseguraron que mantienen sus operaciones de investigación y activismo con normalidad. Actualmente, se encuentran a la espera de una resolución oficial por parte de la autoridad fiscal, la cual podría emitirse a más tardar el 31 de marzo.

Implicaciones a futuro

Desde el punto de vista operativo, la decisión del SAT no impide que las asociaciones continúen trabajando o recibiendo aportaciones económicas; sin embargo, estos donativos ya no serán deducibles de impuestos para los benefactores, lo que representa un duro golpe a su capacidad de financiamiento y fondeo de proyectos.

Además, el marco legal es estricto: según la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), si una organización civil no logra recuperar su autorización como donataria en un plazo de 12 meses, se verá obligada por ley a destinar la totalidad de su patrimonio a otra donataria que sí cuente con la autorización vigente, poniendo en riesgo la supervivencia a largo plazo de cientos de agrupaciones ciudadanas.

Créditos y Fuentes Consultadas:

Para la elaboración de esta nota informativa se recopiló, sintetizó y dio crédito al trabajo de investigación y reporteo de: María Cabadas y Alejandra Ortiz (El Universal), Diego Joaquín Hernández (La Silla Rota), Alejandro Páez (La Crónica de Hoy), Fernanda López Castro (Infobae), así como a la información difundida por las redacciones de Aristegui Noticias, Azteca Noticias, El Financiero, Eje Central, Nación 321 y los comunicados oficiales del IMCO y Mexicanos Primero.


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