La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha validado la reforma que transfiere el control total de los puertos y la marina mercante a la Secretaría de Marina (Semar), al resolver por mayoría de votos que esta medida no representa una militarización del sector. El fallo pone fin a la acción de inconstitucionalidad promovida en 2021 por un grupo de senadores de oposición.
El argumento central de la Corte, expuesto en el proyecto del ministro ponente Juan Luis González Alcántara Carrancá, establece una distinción clave: la Semar, como Secretaría de Estado, ejerce funciones administrativas que son distintas a las de la Armada de México, su componente militar. «Las atribuciones asignadas a la Secretaría de Marina no implican una transferencia de facultades del ámbito civil al militar, sino, exclusivamente, una redistribución dentro de la administración pública federal», afirmó el ministro.
Con esta resolución, el Máximo Tribunal determinó que el decreto, publicado el 7 de diciembre de 2020, no otorga a las fuerzas armadas funciones de seguridad pública en los puertos ni contraviene el artículo 129 constitucional, que limita el papel de la autoridad militar en tiempos de paz.
La decisión no fue unánime. Un bloque minoritario, que incluyó a la ministra presidenta Norma Piña Hernández y al ministro Javier Laynez Potisek, expresó su desacuerdo. La presidenta Piña argumentó que no comparte la idea de que «exista una distinción relevante entre la Armada […] y la Secretaría de Marina» que justifique su intervención en actos de la vida civil, y sostuvo que las facultades de las autoridades militares deben estar explícitamente reconocidas en la Constitución y no en leyes secundarias.
La reforma, impulsada durante el gobierno del expresidente Andrés Manuel López Obrador, modificó la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Navegación y Comercio Marítimos y la Ley de Puertos. El objetivo declarado en su momento fue centralizar la autoridad en la Marina para combatir la corrupción y las actividades ilícitas en los recintos portuarios, facultades que antes recaían en la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT).
El Pleno de la Corte también consideró que la Constitución ha sido modificada para permitir una participación más amplia de las fuerzas armadas en tareas civiles, por lo que el marco legal actual respalda la decisión de asignar estas nuevas responsabilidades administrativas a la Semar, la cual, subrayaron, está obligada a proteger los derechos humanos con los mismos estándares que lo hacía la autoridad civil.

