Fotografía: En Chelém, detectaron tala ilegal fuera del polígono autorizado; en Sinaloa, frenaron un muro de concreto en plena zona de playa.
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En un cierre de año marcado por la vigilancia ambiental, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) ejecutó dos golpes significativos contra el desarrollo urbano irregular en zonas costeras clave del país: Yucatán y Sinaloa.

La dependencia federal impuso clausuras —una parcial y otra total— tras confirmar que proyectos inmobiliarios y comerciales operaban al margen de la ley, devastando vegetación nativa y alterando la morfología de las playas sin los permisos correspondientes.

Yucatán: Freno a la expansión de «Ciudad Maderas»

El caso de mayor impacto ocurrió en el puerto de Chelém, municipio de Progreso. Inspectores federales colocaron sellos de clausura temporal parcial al proyecto denominado “Urbanización Ciudad Maderas Península Fase II”.

Tras una inspección realizada a mediados de diciembre, la autoridad detectó un cúmulo de irregularidades en una superficie inspeccionada de más de 151 mil metros cuadrados. Entre las violaciones más graves al Manifiesto de Impacto Ambiental (MIA) autorizado por la Semarnat en 2021, destacan:

  • Invasión de terrenos: Se realizaron obras y remoción de vegetación en 6,183 m² que se encuentran fuera del polígono autorizado.
  • Destrucción de áreas verdes: Zonas que debían conservarse o enriquecerse con especies locales fueron taladas.
  • Introducción de especies exóticas: Se plantaron palmeras de «coco plumoso» en áreas de casas club, una práctica prohibida por alterar el ecosistema local.
  • Falta de protección: No existía señalización ni delimitación para proteger las áreas de conservación durante las obras.
  • Mazatlán: Muro de concreto en la playa Simultáneamente, en el Pacífico mexicano, la Profepa clausuró de manera total y temporal una obra en la Avenida del Mar, en Mazatlán, Sinaloa.
  • La acción respondió a denuncias ciudadanas que alertaban sobre la construcción de un muro de contención de concreto armado (38 metros de largo por 2 de alto) en plena zona de playa. Aunque el responsable presentó un permiso para una «palapa-restaurante» de 500 m², la inspección reveló que la estructura de concreto no correspondía a lo autorizado y excedía las dimensiones permitidas, poniendo en riesgo la dinámica de la Zona Federal Marítimo Terrestre (Zofemat).

    Cero tolerancia

    En ambos casos, la Procuraduría fundamentó sus acciones en el artículo 170 de la Ley General del Equilibrio Ecológico, advirtiendo riesgo de daño grave a los recursos naturales. Los expedientes han sido turnados al área jurídica para determinar las sanciones económicas y administrativas correspondientes, mientras se mantiene vigilancia permanente para evitar que se violen los sellos de clausura.


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