Fotografía: La Fiscalía de Inteligencia Financiera regia no tiene facultades para congelar cuentas bancarias, pues invade competencias federales.
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) trazó hoy los límites del poder estatal en materia de persecución financiera y control político. En una sesión decisiva, el Pleno frenó las atribuciones de la nueva Fiscalía Especializada en Inteligencia Financiera de Nuevo León para inmovilizar activos, mientras que dio luz verde a los mecanismos de remoción de fiscales en Tamaulipas.

Nuevo León: Sí a la Fiscalía, no al congelamiento

Al resolver la Acción de Inconstitucionalidad 58/2024, la Corte validó la creación de la Fiscalía Antilavado en Nuevo León, reconociendo su capacidad para investigar delitos fiscales y operaciones con recursos de procedencia ilícita. Sin embargo, los ministros declararon inconstitucional la facultad que se había otorgado a este organismo para «inmovilizar cuentas o valores del sistema financiero».

El fallo establece que el congelamiento de cuentas es una medida cautelar procesal cuya regulación es exclusiva del Congreso de la Unión. Por tanto, la Fiscalía local invadió la esfera federal. La invalidez de esta norma tiene efectos retroactivos al 13 de febrero de 2024, fecha en que entró en vigor el decreto original.

Tamaulipas: Aval a la remoción de fiscales

En contraste, la Corte respaldó la autonomía legislativa de Tamaulipas al validar el artículo 14 de la Ley Orgánica de su Fiscalía General (Acción de Inconstitucionalidad 219/2023).

La resolución confirma que el Gobernador del estado tiene la facultad de solicitar la remoción del Fiscal General y de los fiscales especializados cuando incurran en causas graves, y que el Congreso local puede separarlos provisionalmente del cargo durante la investigación. Los ministros subrayaron que este mecanismo no viola la autonomía de los órganos, siempre que se apegue al debido proceso y a la Constitución local.

Justicia para desaparecidas

En un tercer fallo de alto impacto social (Amparo Directo en Revisión 5887/2025), la SCJN ordenó revocar una sentencia sobre la desaparición forzada de una defensora de derechos humanos en Oaxaca. El Tribunal exigió que, en adelante, toda investigación de este tipo incluya obligatoriamente un análisis de contexto y perspectiva de género, criticando que previamente se ignorara la violencia estructural que enfrentan las activistas.


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