En un paso decisivo para la protección de las víctimas de violencia de género, las Comisiones Unidas de la LXII Legislatura del Estado de México aprobaron reformas sustanciales al Código Penal que endurecen drásticamente las penas contra agresores sexuales. Bajo la nueva normativa, impulsada por la gobernadora Delfina Gómez Álvarez, el abuso sexual podrá castigarse con hasta 20 años de prisión, mientras que el hostigamiento alcanzará penas de hasta nueve años.
El dictamen marca un cambio de paradigma en la justicia estatal: ambos delitos se perseguirán ahora de oficio, obligando a las autoridades a actuar sin que la víctima tenga que ratificar constantemente su denuncia, y bajo una estricta perspectiva de género que considera los contextos de vulnerabilidad.
Abuso Sexual: Nuevos parámetros y agravantes
La reforma define el abuso sexual no solo como tocamientos sin consentimiento, sino también obligar a la víctima a exhibir su cuerpo o presenciar actos sexuales. La pena base será de hasta siete años de prisión.
♀️♂️Las comisiones unidas avalaron la iniciativa de la titular del Ejecutivo estatal para ampliar los supuestos que constituyen los delitos de hostigamiento y abuso sexual, así como de agravar las penas de hasta nueve años de prisión por hostigamiento sexual y hasta 20 años por… pic.twitter.com/8wdUX1ZyfL
— Congreso del Estado de México (@CongresoEdomex) December 9, 2025
Sin embargo, el castigo se elevará hasta los 20 años de cárcel cuando existan agravantes, tales como:
Que el agresor tenga una relación de confianza o autoridad (familiares, maestros, médicos, sacerdotes, entrenadores o empleadores).
Un punto crucial de la nueva ley es la definición de consentimiento: «No podrá presumirse consentimiento por el silencio, la pasividad o la falta de resistencia física de la víctima», cerrando así brechas legales que a menudo favorecían a los agresores.
Hostigamiento y servidores públicos
Para el delito de hostigamiento sexual —conductas no consentidas valiéndose de una posición jerárquica—, las penas oscilarán entre dos y seis años. No obstante, si el agresor es docente o servidor público, la pena aumentará y será destituido e inhabilitado.
La reforma también pone la lupa sobre las instituciones: cualquier Ministerio Público o policía que disuada a una víctima de denunciar o se niegue a abrir la carpeta, enfrentará hasta seis años de prisión y la destitución de su cargo.
Reparación integral
Más allá del castigo, la ley busca la reeducación. Los sentenciados deberán asistir obligatoriamente a talleres con perspectiva de género y trabajar en favor de la comunidad como requisito para cualquier beneficio legal. Por su parte, el Estado deberá garantizar atención psicológica especializada a las víctimas hasta su total recuperación.

